jueves, 6 de octubre de 2011

Rubén Moreira : nepotismo legislativo permitido por la Corte

Por Rubén Moreira

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional que se prohíba que parientes, en primer grado, integren las formulas para competir por el cargo de diputado, como propietarios y suplentes.

En una votación dividida de 8 votos contra tres, la Corte declaró inconstitucional el artículo 178 del Código Electoral del estado de Guanajuato en el que se estableció que los partidos políticos no pueden registrar en una misma fórmula para competir por el cargo de diputado local, como propietario y como suplente, a familiares en primer grado.

La mayoría de ministros llegó a la conclusión de que este tipo de disposiciones son violatorias del derecho que le otorga la Constitución a todos los mexicanos para votar y ser votados, y de que la población es quien debe decir si avala o castiga con sus votos a este tipo de fórmulas y a los partidos que las apoyen.

La decisión se adoptó con el voto en contra de los ministros Genaro Góngora Pimentel, José de Jesús Gudiño Pelayo y Juan Silva Meza, quienes consideraron que este tipo de medidas no atentan contra la Constitución, y, en cambio, sí ayudan a evitar cacicazgos, nepotismo y que los partidos o distritos electorales sean patrimonio de unas cuantas familias.

Durante la discusión el ministro Góngora dijo que la  intención de esta reforma es evitar que se utilice la fuerza electoral de uno para imponer un heredero y crear dinastías electorales. Porque, agregó, el nepotismo y las dinastías electorales, resultan perniciosas para la democracia, ya que florecen al amparo de la urdimbre del poder que puede emanar de unas pocas familias.

Pero sus argumentos no lograron convencer a la mayoría de sus compañeros.

 

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